The Providence of Fire (Chronicle of the Unhewn Throne, #2)
Review:It was a rough start. I had read the first book a while ago, and, to be honest, didn't remember enough of the setting and characters to make sense of what I was reading. |
Review:It was a rough start. I had read the first book a while ago, and, to be honest, didn't remember enough of the setting and characters to make sense of what I was reading. |
Review:Not quite as good as Steelheart but liked it. Looking forward to the 3rd one, Calamity. |
Review:A worthy sequel to Meta, still want to know what happens next. |
Review:I grade books like Roger Ebert graded movies: compared to expectations. |
Si hay una lección que me gustaría dejarle a mi hijo para la vida, que vale para autos, libros, citas a ciegas, y pactos internacionales:
Si alguien te está hablando de algo qe te podría mostrar, pero no te lo muestra, no le creas sin verlo vos primero.
Y si alguna vez le tengo que mostrar por qué ... que vea esta nota de Daniel Sabsay
Vamos a verla de a poquito y despacito, porque es un ejemplo de caradurez muy especial, porque no es que está describiendo un pacto secreto de cientos de páginas que sólo él ha visto. Está hablando de un texto de dos carillas, público, que cualquiera puede ver, y se discutió en el congreso.
Como no quiero parecerme a Sabsay, les paso el texto completo del acuerdo No se asusten, en serio son dos páginas, la página 33 y la 34 de ese PDF. Leanlas, y después seguimos con Sabsay.
Todas las citas que se vean de ahora en más son de Sabsay o del acuerdo al que Sabsay se refiere.
Así empieza Sabsay su editorial.
Hace dos años, la Presidenta firmó un memo con Irán que modificó colosalmente el rumbo de la causa AMIA. El juez y el fiscal “naturales” fueron sustituidos por una “Comisión de la Verdad”, con sede en Irán, país acusado de haber tramado el peor atentado terrorista de nuestra historia.
Esto es el texto que se refiere a la "Comisión de la Verdad" en el acuerdo:
1. Establecimiento de la comisión
Se creará una Comisión de la Verdad compuesta por juristas internacionales para analizar toda la documentación presentada por las autoridades judiciales de la Argentina y de la República Islámica de Irán. La Comisión estará compuesta por cinco (5) comisionados y dos (2) miembros designados por cada país, seleccionados conforme a su reconocido prestigio legal internacional. Estos no podrán ser nacionales de ninguno de los dos países. Ambos países acordarán conjuntamente respecto a un jurista internacional con alto standard moral y prestigio legal, quien actuará como presidente de la comisión.
Después hay dos puntos acerca de procedimiento e intercambio de información, y el punto 4:
4. Informe de la Comisión
Luego de haber analizado la información recibida de ambas partes y efectuado consultas con las partes e individuos, la Comisión expresará su visión y emitirá un informe con recomendaciones sobre como proceder con el caso en el marco de la ley y regulaciones de ambas partes. Ambas partes tendrán en cuenta estas recomendaciones en sus acciones futuras.
¿Fueron sustituídos el fiscal y el juez con la comisión? No.
El dictamen de la Comisión será tomado en cuenta. ¿Hay que hacer lo que dice? No.
¿Tiene sede en Irán la comisión? No.
Lo único que se podría interpretar, con un poco de esfuerzo, como que tiene sede en Irán es lo siguiente:
La Comisión y las autoridades judiciales argentinas e iraníes se encontrarán en Teherán para proceder a interrogar a aquellas personas respecto de las cuales Interpol ha emitido una notificación roja.
Todo el objetivo del acuerdo es llegar a tomar indagatorias a los acusados. Dado que no tienen interés en salir de Irán porque serían detenidos, las indagatorias serían tomadas en Teherán.
Sigamos con Sabsay:
Sus integrantes debían ser designados a propuesta de las partes. La redacción del instrumento carece de toda claridad, salvo la cláusula que se refiere de modo imperativo al levantamiento de las “alertas rojas” de Interpol que pesaban sobre los imputados iraníes, una vez que hubiese sido aprobado por los legislativos de los dos países.
Fuera del intento de crítica literaria del "carece de toda claridad", lo otro es simplemente falso. No hay ninguna cláusula que se refiera al levantamiento de alertas rojas, de modo imperativo o no. Y como no soy Sabsay, les digo: vayan, lean las dos carillas, que les lleva cinco minutos, y van a ver que yo digo la verdad y Sabsay miente. Y por supuesto el editor que lo editó, y el medio que lo publicó mienten con él.
Sigue siguiendo Sabsay, como dice Les Luthiers:
Así las cosas, desde el ángulo constitucional, la situación no pudo ser más alarmante ya que la titular del Ejecutivo ejerció funciones judiciales, a pesar de la expresa prohibición que le impone la Constitución.
La Comisión no ejerce ninguna función judicial. Las indagatorias, explícitamente, serían tomadas por "autoridades judiciales argentinas". El tratado fue aprobado por el poder legislativo.
A ello se agrega, la falta de definición sobre el derecho a aplicar por parte de los miembros de la Comisión, la violación de las normas del debido proceso, la imposibilidad de conciliar el marco jurídico de un país democrático, como al menos en teoría es el nuestro, con el de otro de tipo teocrático. Este pergeño que no tiene antecedentes en el derecho comparado, importó un incomprensible agravio a nuestra Justicia y desembocó en la paralización del proceso.
Mas allá de que no somos quienes para dcirle teocrático a otro mientras tengamos el artículo 2 de la constitución...
Decir que esto es lo que "desembocó en la paralización del proceso" es un disparate. El proceso estaba paralizado porque no se podían tomar las indagatorias de los acusados. Este acuerdo apunta a que se puedan tomar, destrabando el proceso.
Se supone que Sabsay es un "renombrado constitucionalista" pero dice que esto "no tiene antecedentes en el derecho comparado". Yo no sé ni que colectivo me deja en la facultad de derecho, pero...
El juez Lijo (si, el mismo Lijo) tomó indagatoria a ex directivos de Siemens en Alemania, con autorización de la Corte Suprema. Servini de Cubría tomo declaraciones en Chile por el asesinato de Prats.
Así que "sin antecedentes" son las pelotas de Sabsay para ir y mentir así de descaradamente.
Tamaño despropósito significó una suerte de exculpación a favor de Irán, si no, cómo se hubiese podido aceptar que quien era acusado se transformara en su propio juzgador y en suelo propio.
Dado que el "juzgador" seguía siendo Canicoba Corral, supongo que Sabsay lo está acusando de ser iraní, o tuvo un ACV mientras escribía. Aún si por "juzgador" se refiriera a la Comisión, la comisión no tendría ningún ciudadano iraní, y no tendría sede en Irán.
Esta impresionante concesión sólo podía verse acompañada de un beneficio proporcional a favor de la Argentina. Nuestro enfoque responde a una lógica primaria. Es por ello que la denuncia del fiscal Nisman que pagó con su muerte, no nos sorprendió, en realidad nos permitió completar las piezas de este macabro rompecabezas.
Dado que ninguna de las cosas que Nisman denunció como contraprestación de Irán sucedieron en la realidad, la "lógica primaria" es aproximadamente así:
Argentina hizo cosas malas con Irán a cambio de X, Y y Z
Irán no hizo X, Y, ni Z
Queda demostrado que Argentina hizo cosas malas y la curraron
El resto del editorial de Sabsay es simple masturbación en público y no la voy a dignificar con una respuesta, pero si la quieren leer, allá está.